No es lo mismo AVALAR personalmente que con una garantía inmueble...
AVAL PERSONAL...
El avalista responde de manera solidaria ante el impago de la deuda, de forma que responde con su garantía personal,lo que implica que ante el impago del solicitante el avalista responde con TODOS sus BIENES PRESENTES Y FUTUROS.En resumen, el avalar un préstamo se tienen las mismas obligaciones que el solicitante.
AVAL CON GARANTÍA de otro bien inmueble....
La situación cambia bastante cuando la garantía que se utiliza para respaldar la compra de una vivienda es otro bien inmueble( bienes tangibles) y no personal. En este caso, el fiador otorga como garantía del pago de la hipoteca una propiedad concreta y su responsabilidad se termina con ella. No pone en peligro todo el patrimonio presente y futuro sino sólo un bien determinado como puede ser un inmueble. Es una de las opciones que se utiliza cuando un avalista no quiere arriesgar el conjunto de sus propiedades y prefiere tener una responsabilidad LIMITADA.